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¿Cuánto dinero cuesta despedir personal?

Despedir personal

¿Alguna vez contrataste a un colaborador que parecía alinearse perfectamente con la filosofía de tu empresa, pero después de un tiempo te diste cuenta que estabas equivocado?

A continuación, te daremos una guía rápida de un par de aspectos importantes a tener en cuenta a la hora de terminar una relación laboral de manera legal.

 Antes de entrar en materia, es importante tener claro el concepto de contrato de trabajo, el cual es definido por el código sustantivo del trabajo como un acuerdo por el cual una persona natural realiza una actividad o labor, que conlleva a la continuada dependencia o subordinación con un empleador, que puede ser una persona natural o jurídica, el cual exige cumplimiento de órdenes e impone reglamentos, todo esto aunado a un salario como retribución por el servicio.

Es importante tener en cuenta que los contratos pueden tener una duración determinada, ya sea para ejecutar una labor ocasional (Contrato laboral a término fijo) para realizar una labor u obra determinada (Contrato laboral por obra o labor) o por tiempo indefinido (Contrato laboral a término indefinido). En todos los contratos laborales el trabajador tendrá derecho, entre otros, al pago de vacaciones, prima y cesantías.

A continuación, te indicaremos las razones por las cuales se puede terminar un contrato de trabajo.

Terminación de contrato por finalización del tiempo de duración del mismo.

Terminación de contrato por suspensión de actividades, liquidación o clausura definitiva de la empresa.

Terminación de contrato por finalización de la obra o labor para la que fue contratado.

Terminación de contrato por fallecimiento del trabajador.

Terminación de contrato unilateral, con y sin justa causa.

Ahora ahondaremos un poco más en la última razón (Terminación de contrato unilateral, con y sin justa causa), en sus respectivas causas y consecuencias:

Terminación de contrato sin justa causa

Un contrato laboral puede terminarse unilateralmente en cualquier momento sin que exista una razón justa para ello; sin embargo, el empleador deberá pagar al empleado una respectiva indemnización, de la siguiente manera:

Contrato a término indefinido con un salario inferior a 10 salarios mínimos:

Si el empleado ha laborado hasta 1 año tendrá derecho a 30 días de salario, si ha trabajado más de 1 año se le pagaran 20 días adicionales por cada año que haya laborado después del primero, y proporcionalmente cuando exista una fracción inferior a 1 año.

Ejemplo: Juan fue despedido sin justa causa después de trabajar por 2 años y 2 meses en una empresa con un contrato a término indefinido, devengando un salario de $ 3.000.000 COP mensuales.

Salario diario: $3.000.000 ÷ 30 = $100.000

Indemnización por el 1er año (30 días): $3.000.000

Indemnización por el 2do año (20 días): $2.000.000

Para la indemnización por los 2 meses faltantes, realizamos una regla de 3 sencilla: Si por cada año se pagan 20 días, ¿Cuánto se paga por 60 días?

360       20 = 3.33 días = $ 333.333

60         X

Total indemnización: $ 5.333.333

Contrato a término indefinido con un salario a partir de 10 salarios mínimos:

Si el empleado ha laborado hasta 1 año tendrá derecho a 20 días de salario y a 15 días por cada año adicional, y proporcionalmente cuando hay una fracción inferior a 1 año.

Ejemplo: Pedro fue despedido sin justa causa después de trabajar por 2 años y 2 meses en una empresa con un contrato a término indefinido, devengando un salario de $ 12.000.000 mensuales.

Salario diario: $12.000.000 ÷ 30 = $400.000

Indemnización por el 1er año (20 días): $ 8.000.000

Indemnización por el 2do año (15 días): $6.000.000

Para la indemnización por los 2 meses faltantes, realizamos una regla de 3 sencilla: Si por cada año se pagan 15 días, ¿Cuánto se paga por 60 días?

360       15 = 2,5 días

60         X

2,5 días= $ 1.000.000

Total indemnización: $ 15.000.000

Contrato a término fijo

La indemnización en este tipo de contratos se dará por el valor total de los salarios que faltan por devengar hasta el final del tiempo pactado.

Ejemplo: Juan fue despedido sin justa causa después de trabajar por 4 meses y medio en una compañía; él había firmado un contrato a término fijo por 1 año y devengaba un salario de $3.000.000

Salario diario: $3.000.000 ÷ 30 = 100.000

Indemnización por 7 meses restantes: $3.000.000 x 7= $21.000.000

Indemnización por 15 días restantes: $100.000 x 15= 1.500.000

Total indemnización:  $22.500.000

Contrato por obra o labor

Este caso es similar al contrato a término fijo, se deberá indemnizar al trabajador con base al tiempo que falte para que se cumpla la labor u obra para la cual fue contratado.

Como normalmente el tiempo de duración de estos contratos no está definido, se debe realizar una aproximación al tiempo que probablemente hubiese tardado la persona en terminar la labor, con base a experiencias anteriores o asesorado por expertos.

Terminación de contrato con justa causa.

Según el código sustantivo del trabajo, un empleador puede terminar unilateralmente un contrato de trabajo a un empleado sin indemnización por cualquiera de las siguientes razones:

    • Cualquier engaño por parte del trabajador al momento del proceso de selección.
    • Cualquier acto de violencia, injuria, malos tratos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el empleador, los miembros de su familia, el personal directivo, socios, compañeros de trabajo o cualquier personal de la empresa.
    • Todo daño material causado intencionalmente a los edificios, obras, maquinarias y materias primas, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo, y toda grave negligencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o de las cosas.
    • Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el establecimiento o lugar de trabajo, o en el desempeño de sus labores.

    • Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.
    • La detención preventiva del trabajador por más de treinta (30) días, a menos que posteriormente sea absuelto; o el arresto correccional que exceda de ocho (8) días, o aun por tiempo menor, cuando la causa de la sanción sea suficiente por sí misma para justificar la extinción del contrato.
    • Cuando el trabajador revele los secretos técnicos o comerciales o dé a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa.

    • El deficiente rendimiento en el trabajo en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores análogas, cuando no se corrija en un plazo razonable a pesar del requerimiento del empleador.

    • La sistemática inejecución, sin razones válidas, por parte del trabajador, de las obligaciones convencionales o legales.

    • Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento.
    • La renuencia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas, profilácticas o curativas, prescritas por el médico que proporcione el empleador o por las autoridades para evitar enfermedades o accidentes

    • La ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada.

    • La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al empleador de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad.

Por lo anteriormente revisado, es de vital importancia que realices un proceso de selección de tus colaboradores minucioso y a conciencia, teniendo en cuentas aspectos como la filosofía de tu compañía, habilidades y conocimientos necesarios para el cargo en específico y personalidad de los aspirantes, ya que elegir de manera acertada es vital a la hora de evitar contratiempos y gastos exacerbados.

Por tal razón te recomendamos que te asesores de expertos en el tema, que valorarán a profundidad todos los aspectos fundamentales del cargo y de los candidatos al mismo, y minimizarán probabilidades de error.

En AlfaPsicología acompañamos a las empresas en el reclutamiento, evaluación y selección de de los perfiles que requieran. Conoce todo lo que podemos hacer por ti y tu empresa con nuestro servicio de Head Hunting dando click aquí. 

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